La Corporación de Prácticos del Puerto de Palma es la encargada de prestar el servicio de practicaje en las aguas portuarias establecidas en la licencia de prestación aprobada por la Autoridad Portuaria de Baleares.
El practicaje es un servicio universal, obligatorio para buques de más de 500 GT o de cualquier tamaño siempre y cuando transporten mercancías peligrosas.
Está catalogado como un servicio concesionado y fuertemente regulado por su incidencia en la seguridad de la navegación.
El práctico es la persona que, previa su correspondiente habilitación y nombramiento, asesora a los capitanes de buques y artefactos flotantes para facilitar su entrada y salida de los puertos, ríos, rías o barras, fondeaderos, boyas, cargaderos exteriores y diques, en los movimientos tanto interiores como exteriores de los buques, en fondeos, atraques y desatraques, así como en otras áreas, indicando la derrota conveniente de la nave y las maniobras náuticas necesarias para una mayor seguridad de la navegación.
De acuerdo a la normativa vigente, se entiende por practicaje el servicio de asesoramiento a los capitanes de buques, para facilitar su entrada, salida de puerto y las maniobras náuticas dentro de los límites geográficos de la zona de practicaje, en condiciones de seguridad y en los términos que se establecen en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en este Reglamento General, así como en aquellas otras disposiciones normativas o contractuales que le sean de aplicación.
Este servicio se prestará a bordo de los buques, incluyéndose en el mismo las instrucciones impartidas por los prácticos desde el momento en que partan de la estación de practicaje, para velar por la seguridad de la navegación, de los buques, de sus tripulaciones, de las instalaciones portuarias y de los usuarios del servicio.
El servicio se presta los 365 días del año, durante las veinticuatro horas y de manera ininterrumpida para facilitar las entrada y salida de pasajeros y mercancías por el puerto de Palma.
Nuestros esfuerzos se enfocan en ofrecer un servicio de seguridad y calidad, prestado por profesionales altamente cualificados y preparados que tienen por objetivo velar por la seguridad y protección marítima, la seguridad de la vida humana en la mar y la protección del medioambiente marino en el ámbito marítimo-portuario, llevando a cabo nuestra labor, tanto técnica como administrativa, con la máxima profesionalidad y de forma ejemplar.
Nuestra profesión pasa por ser una de las más antiguas y desconocidas. Las primeras Corporaciones están documentadas desde el siglo XV en España. Sus primeras Ordenanzas datan de 1737 que contemplaban al practico como segundo oficial de la nave o como piloto lemán o de costa (Aunque existían reglamentaciones incompletas desde 1561 sobre retribución de los prácticos). Las Ordenanzas de 1737 instituyen el practicaje obligatorio: “Todo capitán o maestre al entrar en el puerto de su destino o en otro de su precisa arribada deberá tomar el piloto regular y práctico de él así como para la entrada como para la subida al surgidero conveniente a su navío”.